domingo, 5 de noviembre de 2017

D.O. - Gran Canaria

La zona de producción de los vinos amparados por la Denominación de Origen Gran Canaria se extiende a los terrenos de la isla de Gran Canaria que el Consejo Regulador considere aptos. La calificación de los terrenos, a efectos de su inclusión en la zona de producción, la realizará el Consejo Regulador, debiendo quedar delimitado en los planos del catastro vitivinícola a medida que éste se vaya elaborando y en la forma que por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación se determine.     Hectáreas de viñedo: 250     Viticultores: 348     Bodegas: 40     Producción: 300.000 Litros     Comercialización: 98% España 2% Extranjero      Reglamento: 5 de Mayo de 2.000 y publicada en el B.O.C. número 2000/059 de 12 de Mayo Historia En el mes de Marzo de 1.994, a iniciativa de un pequeño grupo de productores, y a consecuencia de la creación del Espacio Protegido de Tafira y Monumento Natural de Bandama, se constituyó la Asociación de Viticultores y Bodegueros del “Monte Lentiscal“? con el fin de salvaguardar sus propios intereses y preservar el nombre y tipicidad de sus vinos, circunscribiendo su actuación a la poligonal de dichos Espacios: todo ello desembocó, en muy breve plazo, en la solicitud de la denominación de origen para la comarca. Posteriormente, en Diciembre de 1.995, también a iniciativa de los propios productores, se creó la Asociación de Viticultores y Bodegueros de “Gran Canaria“?, con idénticos fines y objetivos que la anterior y circunscribiendo su actuación al ámbito insular, culminando, así mismo, en la solicitud de la denominación de origen para la isla de Gran Canaria, excepción hecha del Monte Lentiscal. La Denominación de Origen del “Monte Lentiscal“? fue aprobada definitivamente, tras dos años de reconocimiento provisional, por Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias de 4 de Noviembre de 1.999 y publicada en el B.O.C. número 1999/147 de 5 de Noviembre del mismo año. Por su parte, la Denominación de Origen de “Gran Canaria fue aprobada definitivamente, tras un año de reconocimiento provisional, por Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias de 5 de Mayo de 2.000 y publicada en el B.O.C. número 2000/059 de 12 de Mayo del mismo año. Materia Prima Uva Blanca: Variedades preferentes o recomendadas: Blancas: Malvasía, Gual, Marmajuelo o Bermejuela, Vijariego, Albillo y Moscatel de Alejandría. Variedades autorizadas: Blancas: Listán blanco, Burrablanca, Torrontés, Pedro Ximénes y Brebal.
Uva Tinta: Variedades preferentes o recomendadas: Negras: Negra Común o Listán negro, Negramoll, Tintilla y Malvasía rosada. Variedades autorizadas: Negras: Moscatel negra.
Blancos: Blanco 10% vol. Para los vinos de la comarca Monte Lentiscal esta graduación tendrá un máximo de: Blanco 14% vol.
Rosados: Rosado 11% vol Para los vinos de la comarca Monte Lentiscal esta graduación tendrá un máximo de: Rosado 13% vol.
Tintos: Tinto 11% vol. Para los vinos de la comarca Monte Lentiscal esta graduación tendrá un máximo de: Tinto 14% vol.

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